Es un Poder General notarial o Consular mediante el cual las partes expresan, ante un notario o cónsul, su voluntad de celebrar un acto o contrato por escrito, dándole así una seguridad a la transacción, la cual quedará incorporada al protocolo o archivo de la notaría o consulado.
Algunos actos solemnes sujetos a la solemnidad de una escritura pública: